El Consejo Nacional Electoral (CNE) concretó una nueva arbitrariedad. Cómo se esperaba, el ente comicial modificó su normativa e impuso como requisito para la acreditación de testigos que sean electores del centro de votación en el que trabajarán el 28 de julio.
La medida fue establecida en la Resolución No. 240620-054, publicada en la Gaceta Electoral 1060 del 20 de junio, donde se dispone en el artículo 7 que para ser testigo se requiere ser electora o elector, saber leer y escribir y no ser funcionaria o funcionario del Consejo Nacional Electoral, ni Agente de Inscripción o Actualización de datos del Registro Electoral. “Los testigos de mesa electoral deberán estar inscritos en el centro de votación en el cual se halle localizada la mesa electoral correspondiente”, establece la normativa.
Es la primera vez que el CNE impone como requisito que los testigos deban ser electores del centro de votación en el que trabajarán. Históricamente, un testigo podría ser acreditado en cualquier mesa de votación, mientras que en las elecciones regionales de noviembre de 2021 el ente comicial dispuso que el testigo debía ser elector del mismo municipio en el que se encontrara el centro de votación. Pero ahora esto se restringe mucho más.
Este cambio sobrevenido de las reglas, a menos de dos meses para las elecciones, busca limitar la capacidad de la oposición para acreditar testigos electorales que defiendan los votos el día de la elección presidencial.
El lapso para la acreditación de testigos comenzará este 28 de junio y se extenderá hasta días previos a los comicios.
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