Un ciudadano francés y profesor de yoga que habría viajado a la frontera de Colombia con Venezuela para realizar un trámite migratorio permanece desaparecido desde hace más de tres meses, y la CIDH le otorgó medidas cautelares luego de que el gobierno de Nicolás Maduro no respondiera por el caso a ese organismo ni a los familiares.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) concedió las medidas a Camilo Pierre Castro, tras considerar que se encuentra en una “situación de gravedad y urgencia, toda vez que sus derechos a la vida e integridad personal están en riesgo de daño irreparable en Venezuela”.
Castro, de 41 años, fue arrestado en el puesto fronterizo de Paraguanchón, entre Venezuela y Colombia, cuando se dirigía a renovar su visado colombiano vencido, de acuerdo con un comunicado de su familia difundido por AFP y citado por Infobae.
Los familiares de Castro, que desapareció el 26 de junio pasado, no han podido presentar recursos judiciales porque no se encuentran en Venezuela y las autoridades venezolanas exigen la presencia física de un familiar o allegado para presentar cualquier solicitud.
Ante esta situación, no ha sido posible ejercer su defensa legal. Tampoco se le habría permitido acceder a asistencia consular. Por su parte, el Estado venezolano no proporcionó información a la CIDH, informó ese organismo.
En ese marco, la Comisión señaló que no cuenta con información del Estado sobre acciones concretas para atender o mitigar la situación de riego de Castro.
Maduro debe responder
Bajo esas circunstancias, la CIDH solicita al régimen de Nicolás Maduro que adopte las medidas necesarias para proteger los derechos a la vida e integridad personal de Castro.
En particular, pide que se informe si el beneficiario se encuentra bajo custodia del Estado y, en caso afirmativo, se indiquen el motivo y las circunstancias de su detención, o bien las medidas tomadas para determinar su paradero o destino.
También solicita que se aclare si se le han imputado delitos y si ha sido presentado ante un tribunal competente para revisar su detención; y, de ser así, que se mencione de manera expresa el tribunal que conoce su causa penal o, en caso contrario, la razón por la que no ha comparecido ante un tribunal.
Otra de las peticiones de la CIDH es que se facilite la comunicación del beneficiario con su familia, representantes, abogados de confianza y autoridades consulares del país del cual es nacional, garantizándoles pleno acceso a su expediente judicial, de existir.
El régimen debe, además, informar si se ha proporcionado al beneficiario acceso a un traductor o intérprete para conocer con precisión su situación y ejercer sus derechos; permitir que se comunique con su país de origen, e informar sobre las acciones adoptadas para investigar los presuntos hechos que motivaron la presente resolución y evitar su repetición..